Convocatoria Cabildo General de Elecciones

De orden del Sr. Hermano Mayor, según establecen las Reglas de esta Real e Ilustre Hermandad y Cofradía de Nazarenos y tras acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno en Cabildo de Oficiales del 14 de julio de 2015 se convoca:

CABILDO GENERAL DE ELECCIONES

Que se celebrará (D.m.) el próximo jueves día 19 de noviembre de 2015 en la Casa Hermandad, junto a la Capilla de la Fábrica de Tabacos, sita en C/ Juan Sebastián Elcano, 7, de esta ciudad de Sevilla, desde las 18,30 a las 22,30 horas ininterrumpidamente, con el siguiente ORDEN DEL DÍA, que comenzará y finalizará con el rezo de las preces de rigor:

1º. Constitución de la mesa electoral, que presidirá y supervisará el representante designado por la autoridad eclesiástica.
2º. Apertura de la mesa electoral y votación.
3º. Cierre de la mesa electoral y designación a instancias de la misma de dos hermanos censados sin cargo, no candidatos a la Junta de Gobierno, como escrutadores.
4º. Escrutinio de votos.
5º. Lectura del acta del cabildo general de elecciones, con especificación de los resultados de la votación.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos, recordándole que la asistencia a dicho cabildo es uno de los derechos que, como hermano de esta Real e Ilustre Hermandad y Cofradía de Nazarenos, le otorgan sus reglas; aprovechando la ocasión para enviarle un saludo en Jesucristo Nuestro Señor.

En Sevilla, a catorce de julio de dos mil quince. [Están las siguientes firmas: Juan Ramón Rosa Méndez, Secretario Primero, y Vº.Bº. Claudio Espejo Garrido, Hermano Mayor; así como el sello oficial de la Hermandad y Cofradía].

Notas:

Los hermanos con derecho a voto en el cabildo general de elecciones figuran en el censo electoral visado por la autoridad eclesiástica competente una vez transcurrido el plazo de exposición pública del mismo para su corrección y efectuadas estas.

En dicho censo electoral se recogen por orden alfabético los hermanos que cumplen los siguientes requisitos:
a) Tener 18 años de edad cumplidos el día del cabildo general de elecciones.
b) Tener 1 año de antigüedad en la Hermandad y Cofradía el día del citado cabildo.
c) Estar al corriente de sus respectivas cuotas.
d) Figurar en el libro-registro de hermanos con los datos que acrediten los anteriores extremos.

ES CONDICIÓN INDISPENSABLE PARA EJERCER EL DERECHO AL VOTO, PRESENTAR EL DNI O DOCUMENTO EQUIVALENTE.


IMPRESOS DE VOTACIÓN Y VALIDEZ DE LOS VOTOS

Durante el cabildo general de elecciones existirán impresos independientes conteniendo la candidatura presentada, donde figurarán todos los hermanos que la integren, así como sobres para emitir los votos. La votación es a una candidatura completa y se considerarán votos válidos aquéllos que no tengan ninguna tachadura o enmienda y aquéllos que en el sobre sólo contengan una de las candidaturas. La votación se realizará mediante voto secreto y personal, dándose a este acto la seriedad de un deber de conciencia.

Voto por correo y por procurador:

Se podrá votar por carta, siendo condiciones de la validez de los votos así emitidos:
— La acreditación del estado de enfermedad, en su caso, mediante certificado médico oficial.
— La acreditación de tener la residencia fuera de la localidad, en su caso, mediante la constancia de esta circunstancia en el censo electoral.
— El envío del voto por certificado de correos con acuse de recibo.

En el caso de los votos por carta, el impreso de votación deberá ir incluido en sobre cerrado, dirigido al secretario de la Hermandad y Cofradía dentro de otro sobre, que contendrá la documentación contemplada en los apartados A y B de esta regla según corresponda en cada caso, en poder del cual deberán estar al menos 24 horas antes de celebrarse el cabildo general de elecciones. Dichos sobres cerrados serán abiertos al finalizar el recuento de los votos emitidos personalmente y de los votos emitidos por procurador, sumándose a los mismos.

Se podrá votar por procurador, siendo las condiciones de validez de los votos así emitidos:
— La acreditación del estado de enfermedad, en su caso, mediante certificado médico oficial.
— La acreditación de tener la residencia fuera de la localidad, en su caso, mediante la constancia de esta circunstancia en el censo electoral.
— La acreditación del procurador mediante acta notarial.
— Un mismo procurador no puede serlo de más de una persona.

La emisión de votos por procurador se hará una vez que lo hayan emitido quiénes lo hacen personalmente en el plazo establecido y antes de proceder al escrutinio de los votos emitidos por carta.

 

CANDIDATURA PRESENTADA

Transcurrido el plazo de presentación de candidaturas, se ha presentado, de acuerdo con lo establecido en las Reglas de la Hermandad y Cofradía, la siguiente candidatura:

Hermano Mayor: Claudio Espejo Garrido 

Teniente de Hermano Mayor: José García Pastor 

Consiliario 1º: Antonio González Ríos

Consiliario 2º: Jacinto Fernández González

Consiliario 3º: Luis de la Iglesia García

Mayordomo 1º: Enrique Almagro Jiménez

Secretario 1º: Juan Ramón Rosa Méndez

Mayordomo 2º: Rafael Sánchez Rodríguez

Secretario 2º: María del Rocío Maldonado Vázquez

Fiscal: Alfonso González Santo-Toribio

Diputado Mayor de Gobierno: Antonio Camacho Muriel

Prioste 1º: José María Hernández Gordillo

Prioste 2º: Francisco de Borja Monclova Suarez

Diputado de Cultos: Alberto Corchero Rivas

Diputado de Caridad: David López de la Cruz

Diputado de Formación: José Manuel Román Espinosa

Diputado de Juventud: Ángela María Arroyo Ponce

Hermandad de Las Cigarreras

Real e Ilustre Hermandad y Cofradía de Nazarenos de la Sagrada Columna y Azotes de Nuestro Señor Jesucristo y María Santísima de la Victoria

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